Es la facultad que tienen los nuevos trabajadores, de planta, con contrato indefinido de incorporarse voluntariamente a la Asociación, efectuando los aportes al FIUC y Servicio Médico, para acceder a los beneficios que esta organización ha convenido con la Universidad.
El monto del aporte asumido por el trabajador asciende al 7% de su renta imponible.
FIUC
Indemnización por años de imposiciones, de conformidad al reglamento. Se financia con el 5% de la Renta Imponible de cada Trabajador.
Servicio Médico
El Servicio Médico (SM) tiene por objeto complementar los beneficios que otorgan las Instituciones de Salud Pública o Privadas, las Compañías de Seguros u otras, mediante una bonificación.
Tener calidad de trabajador universitario con contrato indefinido.
La solicitud de incorporación deberá presentarse en un plazo máximo de 60 días desde la fecha de firma del contrato de trabajo, debiendo adjuntar a la solicitud:
- Copia de Contrato de Trabajo.
- Colilla de Renta.
- Una foto tamaño carnet con Nombre Completo y Rut.
- Formulario de Incorporación.
- Préstamo de Auxilio:
Se tiene derecho con 2 años de imposiciones en el FIUC.
Monto 100 UF. - Préstamo de Libre Disposición:
Se tiene derecho cuando existen 3 años de imposiciones continuas.
Plazo 6 años, interés 6% renta anual.
Monto 400 UF. - Préstamo Hipotecario:
Se accede con 7 años de antigüedad, para compra o construcción, 5 años para compra de sitio. Plazo 12 años, interés 6% real anual.
Monto 1.200 UF para compra o construcción.
600 UF para compra de sitios. - Préstamo Habitacional complementario:
Destinado a cancelar total o parcialmente deuda bancaria relacionada con el préstamo hipotecario.
Monto máximo 500 UF. - Préstamo Habitacional Casa Dos:
Destinado a adquirir una segunda propiedad Interés 8% real anual.
Monto| 1.200 UF. - Servicio Médico:
Bonificaciones sobre las prestaciones médicas que se acuerden. - Servicio Dental.
- Termas de Castillo:
Tarifas rebajadas en cada temporada para el trabajador, cónyuge e hijos. - Casa Comerciales:
Sistema de crédito. - Cuotas Mortuorias:
Se cancela a los herederos previa documentación que corresponder.
Documentos Descargables
Mayor información
Contacto: Marioly Elizabeth Roa Parra.
Dirección: Edmundo Larenas 220, Barrio Universitario, Concepción.
Fono: 2443900
Email: mroap@ude.cl
Página web: http://www2.udec.cl/asociacion/
Incorporación a la Asociación del Personal
Es la facultad que tienen los nuevos trabajadores, de planta, con contrato indefinido de incorporarse voluntariamente a la Asociación, efectuando los aportes al FIUC y Servicio Médico, para acceder a los beneficios que esta organización ha convenido con la Universidad.
El monto del aporte asumido por el trabajador asciende al 7% de su renta imponible.
Unidades participantes:
- Trabajador
- Dirección de Personal
- Asociación del Personal
Trabajador
- Se informa de los requisitos, beneficios, plazos de incorporación, al momento de firmar el contrato indefinido. Recepciona Reglamento de la Asociación del Personal.
- Firma constancia que tomó conocimiento del plazo determinado para su incorporación.
- Asiste a charla de inducción, donde profundiza conocimiento sobre beneficios de su incorporación a la Asociación.
- Concurre en el plazo establecido, 60 días desde la firma del contrato, a la Asociación presentando foto, contrato, colilla de sueldo y completa solicitud de incorporación.
- Toma conocimiento de su incorporación a la Asociación, al comprobar descuento en su colilla de sueldo al mes siguiente de su incorporación.
Dirección de Personal
- Informa de los beneficios de la Asociación en charla de inducción.
- Entrega al trabajador Reglamento de la Asociación donde consta requisitos, beneficios y plazos de incorporación al momento de la firma del contrato.
- Recepciona y archiva en carpeta personal la constancia del plazo de incorporación, firmada por el trabajador.
- Recepciona comunicación de la Asociación donde se señala incorporación del Trabajador a esa organización.
- Ingresa a Sisper y procede a efectuar descuento mensual al trabajador.
Asociación del Personal
- Acepta o rechaza la incorporación del trabajador.
- Informa a Dirper descuento a realizar.
- Otorga beneficios y prestaciones al trabajador, de acuerdo a reglamento interno.
El FIUC se retira bajo las siguientes circunstancias:
- Al término del Contrato de Trabajo.
- Al cumplir 30 años de Imposiciones.
- Al fallecimiento del Imponente.
